Me dirijo a Ud. y por su intermedio a la Honorable Comisión Directiva, a fin de que se analicen los alcances del art. 9 del reglamento del Campeonato Regional del NOA, en razón de que en el día de ayer, la Sub-Comisión de Competencia, hizo extensivo lo allí dispuesto para el cuadrangular final, a los equipos que terminaron entre la quinta y octava posición.
Es sabido que el espíritu de ésta norma, es el de que los partidos más importantes a jugarse en las semifinales y finales se hicieran en una misma cancha, para con ello brindar un mejor espectáculo a los aficionados y además tener un producto para vender publicitariamente. Es por ello que no puede hacerse extensivo ese criterio que fue pautado con un fin determinado, diferente a la tesitura que debe tomarse para los equipos clasificados entre el quinto y octavo puesto.
Tal es así que el reglamento dispone que los partidos a disputar entre los cuatro primeros deberán realizarse en una sola cancha y nada dice sobre el resto de la clasificación, por lo que no puede interpretarse y hacerse extensivo ese criterio que fue pautado con un fin determinado, que es el de la difusión y concentración, en el marco de los cuatro mejores equipos.
Es por estas razones, que no puede interpretarse que nuestro Club que obtuvo el quinto puesto, deba viajar como visitante a Tucumán en los tres partidos que debe disputar. Es injusto a todas luces lo que propone la Sub-Comisión de Competencia, por la ventaja deportiva que ello conlleva. Toda competencia, aún en el Campeonato Ar-gentino, tiene como norma que los mejores clasificados son dos veces locales y una vez visitante. Con este criterio debería realizarse el sorteo, para determinar cual es el partido en que deben ser visitantes los que obtuvieron el quinto y sexto lugar.
No debemos olvidar que la Unión de Rugby de Tucumán no dispuso disputar los encuentros del quinto al octavo puesto en una sola cancha, ya que estos equipos no venden publicidad ni atraen otro público que no sean sus parciales. Además de ello, históricamente y en forma reiterada los únicos partidos que se concentraban en una sola cancha fueron aquellos que definían el campeón del Torneo según lo dispuesto por el art. 9, no vemos ahora cual es la razón para cambiar lo que dice el reglamento y lo que se aplicó según usos y costumbres.
Si de algo nos sentimos orgullosos en el rugby es de los valores que predicamos. Mal parada quedaría esta postura que lo único que define es un aprovechamiento de la ventaja deportiva, a favor de los que menos viajaron y que esta en contra del principio de lealtad e igualdad.
Por todo ello, pedimos ser locales dos veces y una visitante, según el sorteo que Uds. realicen, en razón de que entendemos que es lo que corresponde.
Para el caso que sea necesaria la presencia de un representante del Club para el sorteo que requerimos, para ello esta facultado el Sr. Navaja que se encontrará presente esta noche en esa sede.
Me despido de Uds. con mi mayor consideración y respeto.
ALBERTO RAYMUNDO SOSA
PRESIDENTE